ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano RAFAEL RAVELO MORENO, de nacionalidad extranjera, natural de República Dominicana, Número de identificación 0040020854-2, nacido en fecha 20 de Marzo de 1.983, de 28 años de edad, hijo de Rafael Ravelo (v) y Lucia Emiliana Moreno (v), soltero, de profesión u oficio chofer; residenciado en el Bario San José, Avenida San Enrique, Nº 108, Caracas, Distrito Capital; por la presunta comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO FALSO Y USURPACIÓN DE IDENTIDAD, previstos y sancionados en el articulo 45 y 46 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública; por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
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