Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público, en la detención del adolescente (Identidad omitida Artículo 545 de la Lopna), identificado supra, por el hecho ocurrido el día 06-02-2.005, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo, que ya han sido mencionadas en la presente acta, por la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto en el artículo 457 Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano AMBROSIO JOVINO RANGEL GRANADOS, por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; en tal sentido, se declara sin lugar la solicitud de desestimación de la calific.....