Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SU INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer y decidir la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-4.627.592, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 154.535, quien actúa en su propio nombre y representación. SEGUNDO: DECLINA el conocimiento de la presente acción de amparo constitucional a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. TERCERO: Remítase el expediente a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, una vez se encuentre firme la presente decisión.