deconformidad con el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento civil lo HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo se ordena el archivo de la presente solicitud, una vez quede firme la presente decisión. Así se decide
ABG. MARIA EUGENIA DIAZ LEAL
JUEZA TEMPORAL
AB. ANDREINA PEÑA.
SECRETARIA TEMPORAL