PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado ISMAEL TORRES, de nacionalidad colombiano, natural de Pie de Cuesta, Bucaramanga, República de Colombia, nacido el 09 de marzo de 1964, de 44 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° - 5.461.576, profesión u oficio obrero agrícola, de estado civil soltero, hijo de Maria del Carmen Torres (f) y de Ciro Alfonso Barajas (y), residenciado en las Mesas de Seboruco, finca el Chinchorro, cerca del rió Grita, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del Orden Publico, y AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Alejandro Manrique, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda el trámite de la presente causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 37.....