Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de
Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley
declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185 en concordancia con la
Sentencia Nº 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada del Sala
Constitución del Tribunal Supremo de Justicia formulada por los ciudadanos
BRENDA MAIN BAEZ LINARES y RAFAEL ANTONIO DEL VALLE
RODRÍGUEZ LEO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y
titulares de las cédulas de identidad Nros V.- 11.487.132 y V.- 11.307.879,
respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo
matrimonial por ambos contraído en fecha 02 de noviembre de 2012, por
ante el Registro Civil de la Parroquia Caucaguita, Municipio Sucre del Estado
Miranda, según consta de Acta Nº 151, Tomo 1º, Folio 151, de fecha 02 de
noviembre de 2012.