Decisiones del dia 02/12/2014
N° Expediente :
6762
N° Sentencia :
1
Fecha: 02/12/2014
Procedimiento: Interdiccion
Partes: SOLICITANTE: IRAIDA CAROLINA DUQUE MÉNDEZ.
Resumen:
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, confirma la decisión de fecha 14 de octubre de 2014 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que decretó la interdicción definitiva de Elia Blanco Durán.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Bájese el expediente en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada por la Secretaria en la sala de despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cator.....
Juez/Ponente:
Aura María Ochoa Arellano
Organo:
Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil, Transito, Trabajo y Protección del Niño y del Adolescen
N° Expediente :
1317-2006
N° Sentencia :
292
Fecha: 02/12/2014
Procedimiento: Obligación De Manutención
Partes: REINA YOLIMAR DEPABLOS NIETO/JULIO CESAR CORREA CANCHICA
Resumen:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (AUMENTO), presentada por el ciudadano JULIO CESAR CORREA CANCHICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.782.664 y domiciliado en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira; contra la ciudadana REINA YOLIMAR DEPABLOS NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.982.306 y con domicilio en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA EL AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada, a partir del mes de Diciembre de 2014.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, se fija una cuota extraordinaria en la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (BS. 8.000,00), adicional a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada decembri.....
Juez/Ponente:
Irali Jocelyn Urribarri Diaz
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad.