En consecuencia, expídanse copias certificadas de los folios 1, 2, 3, y sus vueltos, de la sentencia de intimación del 08-08-02, folios 34, 35, 36, correspondientes a la decisión administrativa emanada de la Municipalidad del Municipio Libertador; 37 y su vuelto; 38, 39, 40, 41 y sus respectivos vueltos correspondientes a la decisión emanada del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de Barinas; 51 y 62; 119, 120, 121, 1122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129 y sus vueltos y 158, del presente expediente, y a los que hizo mención la diligenciante. Para la elaboración del correspondiente fotostato se autoriza a la Ciudadana YADIRA RAMIREZ, e insértese el contenido del presente auto al pie de dicha certificación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.