esta Jueza Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente al ciudadano JHONNY ALBERTO BARRIOS BUENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.265.143, para que en nombre y representación de su hermana: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA)
para que tramite y gestione por ante cualquier organismo Público, Privado, los derechos que le correspondan por la muerte de su Progenitor, el ciudadano CARLOS JULIO SIERRA FERNANDEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V¿ 5.653.381. Es de advertir que lo que corresponda a la prenombrada adolescente debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, .....