En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer la demanda de Entrega Material Del Bien Vendido, interpuesta por el ciudadano ALEXIS GERARDO SUAREZ OCANTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 3.558.797, contra Sociedad Mercantil INVERSIONES CHICHO 2008 C.A., inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 15 de Enero de 2010, bajo el Nº 7, Tomo 6-A, modificándose sus Estatutos, según inscripción ante el mismo Registro Mercantil, en fecha 26 de Octubre de 2014, bajo el Nº 29, tomo 204-, en la persona de su Director CARLOS ERNESTO SALAVARRIA OCANTO, venezolano, mayor de .....