este TRIBUNAL administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:PRIMERO: CON LUGAR de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia con carácter vinculante de la Interpretación Constitucionalizante del mencionado Articulo, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha dos (2) de Junio del año 2015, Expediente Nº 12-1163; la solicitud formulada por los ciudadanos JESUS BERNARDO BASTIDAS VILLARREAL y DANIS ROSMARY RUZ QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números V-18.924.943 y V-24.373.661, en su orden respectivo, domiciliados El primero en la Lagunita, sector Mesa Cerrada, cerca de la Capilla Católica, casa s/n, y la segunda en el Sector Mucumbas, casa s/n, ambos de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, en consecu.....