PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el Recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por el ciudadano ELADIO DEL CARMEN PORRAS CONTRERAS, asistido por el abogado Miguel Gerardo Peñaloza Urbina, en contra de la Junta Directiva del CONDOMINIO DEL EDIFICIO CENTRO CÍVICO DE SAN CRISTÓBAL, inscrita ante la Oficina Subalterna de Registro Público del otrora Distrito San Cristóbal, en fecha 1O-03-1986, bajo el N° 36, Tomo 05 adicional, Protocolo Primero, representada por la ciudadana Elizabeth Morales, en su carácter de Administradora, por considerar este Tribunal Constitucional, que en el presente caso, se evidencia la causal de Inadmisibilidad contenida en el artículo 6 numeral 5 de la Ley Org.....