Primero: Declara con lugar la inhibición propuesta por la Abogado Ana Cecilia López de Guerrero, Juez Provisorio Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de esta Circunscripción Judicial, contenida en acta de fecha 04 de mayo de 2004, para continuar conociendo del juicio seguido por Zuleima Escalante de Rodríguez, Lisbeth Coromoto Medina, Eneida Pérez Pinto, Pedro Miguel Vega Silva, María Elisa Roa Rodríguez y Abed Asdrúbal Leal Contreras, contra la Empresa Panadería La Paz, C.A., como deudora principal y a los ciudadanos Manuel Dos Santos dos Santos y Esmeraldino Pinheiro Martínez; solo en lo que respecta a las causales señaladas en los numerales 18º y 20º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los Juzgados Primero y Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de esta Circunscripción Judicial.