este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO NUEVE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
PRIMERO: Deja sin efecto la Privación Judicial Preventiva de libertad decretada por este juzgado en fecha 09 de Enero de 2007, en contra del ciudadano WUILSON ABILIO ZAMBRANO ZAMBRANO, venezolano, nacido en fecha 18 de mayo de 1986, titular de la cedula de identidad Nro V-17.100.677, natural de Caracas, Residenciado en Casa del Padre Sector el Espinito, según la precalificación inicial dada por el Ministerio Público, encuadra en la por la presunta comisión del tipos penales de LESIONES INTENCIONALES LEVES, VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 416 del Código Penal y artículos 17 y 20 de la Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de Liliana Victoria Zambrano Guerra.