En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES IBEPRO S.R.L., mediante apoderados judiciales, contra la ciudadana SARAY ESTRELLA MANRIQUE RAMIRES, identificado en autos. En consecuencia, SE DECLARA RESUELTO el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, y que fuera debidamente autenticado en fecha 22.08.05, por ante la Notaría Pública Primero del Municipio Baruta el Estado Miranda, bajo el N° 38, Tomo 93 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaría, sobre el inmueble constituido por un apartamento marcado con la letra "F" del Edificio LEWO, ubicado en la Avenida Norte 13 , de Mirador a Esmeralda, Parroquia Candelaria .....