DISPOSITIVO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Cuestión Previa, contenida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil concatenada con el artículo 208 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, opuesta por la abogada Marixa Pinto García Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 169.552 en su carácter de coapoderada judicial de los ciudadanos Jesús Manuel Zambrano Pacheco, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N.° V.-18.419.492 y Flor Alicia Blanco de Zambrano, colombiana, mayor de edad titular de la cédula N° E- 84.490.205, domiciliados en el la carrera 10, casa N° 3-45, La Grita, Municipio Jáuregui del estado Táchira
SEGUNDO: En virtud de la naturaleza de la presente decisión.....