PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por la parte recurrente, en el recurso de nulidad interpuesto en contra de la providencia administrativa N° 737-2012, de fecha 09/08/2012 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira.
SEGUNDO: ACUERDA LA SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO contenido en la Providencia Administrativa N° 737-2012, de fecha 09/08/2012, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA, por medio de la cual se declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano JORGE SIMÓN MACIAS GUERRERO, en el expediente administrativo de calificación de falta signado con el N° 056-2012-01-000222.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.