(...) DECLARA: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano MARIO PATRICIO VENTURA DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 18.445.222 y PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda atinente al ciudadano DAVID JOSÉ ANGOLA BERRIZBEITIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 13.140.623, en contra de las sociedades mercantiles DISTRIBUIDORA NEWPAPER 3150, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil VII, de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha veintisiete (27) de abril de 2001, bajo el N° 45, Tomo 181-AVII; y AKILO CONSTANTINO GOURMET, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha diez (10) de noviembre de 2006, bajo el N° 36, Tomo 30-A Tro., por motivo de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, en consecuencia, se ordena a la parte de.....