Declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos SYU LYN TAMARA HUNG JO y HENRY MOY NG, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-12.293.389 y V- 6.979.816, respectivamente, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los mismos, en fecha 22/06/2001 ante la oficina del condado de inscripción de acta matrimonial del 1 Centre Street, NCY NY 10007, Estados Unidos de América. ASÍ SE DECLARA.-
En relación a las Instituciones Familiares, a favor de sus hijos XXXX, de trece (13), diez (10) y seis (6) años de edad, respectivamente, las mismas quedaron establecidas conforme a los acuerdos suscritos y debidamente homologados, en el asunto AP51-V-2013-024912, llevado por ante el Tribunal 2° de Primera Instancia de este Circuito Judicial.
En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le im.....