PRIMERO: Declarar Parcialmente CON LUGAR la demanda de RENDICION de CUENTAS, formulada por MARIA BELEN YAÑEZ GUERRERO, colombiana, con cédula de identidad No. E-84439506, en contra de CESAREO QUIROGA MUÑOZ, venezolano, comerciante, casado, con cédula de identidad No. V-24 721 746, ambos mayores de edad y de este domicilio,
SEGUNDO: Ordenar que las cuentas de la maderera, carpintería y ebanistería Juan –Cesar, con datos registrales al folio 33, sean objeto de Experticia, dentro del período comprendido del 23-11-2011 hasta el 15-09-2014, a los fines de determinar las ganancias obtenidas y proceder al pago del 50% a la demandante, incluyendo la indexación correspondiente desde el momento en que fueron liquidas, exigibles y no pagadas hasta la presente fecha;
TERCERO: Omitir pronunciamiento sobre costas de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil;