En este estado transcurrido como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 2 de diciembre de 2015, a saber: 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18 de diciembre de 2015; y 07; 08; 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 de enero de 2016; para que los solicitantes consignara lo requerido por este Tribunal, información fundamental para la tramitación de la declaración de Únicos y Universales Herederos que requiere, y visto que hasta la presente fecha no ha comparecido ni por si ni por medio de apoderado alguno por ante este Tribunal a consignar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.