En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la cuestión previa propuesta por la representación demandada, contenida en el Ordinal 10° del Articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, ya que no se verificó en autos la caducidad invocada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO intentada por el ciudadano AUGUSTO DE OLIVEIRA CRUZ, a través de sus abogados ANTONIO JOSÉ TAUIL MUSSO, AGUSTIN ROJAS y LIBIA GARCÍA SERRANO, contra los ciudadanos GIOVANNI FORNINO ARNONE y NICOLAS RUBINO PINTO, representados por los abogados JUAN CORREA DE LEÓN, OSWALDO FUENMAYOR FEO y FRANCIS FORNINO BENÍTEZ, todos plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión; por cua.....