El Tribunal se constituyó en el inmueble de marras, se notificó a la demandada y en presencia de la consejera de protección de los derechos del niño y del adolescente y de la abogado asistente de la demandada, se designó al perito avaluador y al depositario provisional. La parte actora ofreció a la demandada la cantidad de BsF 3.000 a los fines de que la demandada y su familia se retiren voluntariamente, lo cual fue aceptado por las partes. Se dejó el inmueble bajo guarda y responsabilidad del depositario provisional. En virtud del acuerdo anterior suspendió la practica y acordó regresar a la sede, cumpliendo asi su actuación.