-III-
DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Rectificación del Acta de Nacimiento expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador, Distrito Capital, inserta bajo el Acta Nro. 2979, del año 1993, en referencia a todo lo antes expuesto. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los 21/01/2016. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ,
MIGUEL ANGEL FIGUEROA
LA SECRETARIA,
AIRAM CASTELLANOS
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 1:45 p.m.
LA SECRETARIA,
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