Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con Medida Cautelar Innominada de Suspensión de los Efectos, interpuesto por el abogado ENRIQUE PEREZ BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-3.186.373, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.812, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano BRITO ORTEGA MICHAEL SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-18.038.516, contra el Acto Administrativo contenido en la Orden General del Ejército Bolivariano Nº ORD-EJB-02435 de fecha 12 de mayo de 2016, suscrita por la Comandancia General del Ejército Bolivariano, notificado en fecha 30 de septiembre de .....