declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante en fecha 07 de enero de 2025, en contra del auto de fecha 19 de diciembre de 2024.
SEGUNDO: SE MODIFICA el auto de fecha 19 de diciembre de 2024.
TERCERO: SE ADMITE la prueba de experticia informática, promovida por los demandantes ciudadanos Gabriel Eduardo Merchán y Lisseth Deyanira Pérez Jiménez, titulares de la cédulas de identidades números V- 26.622.142 y V-23.540.019, en su orden.
CUARTO: SE ORDENA la evacuación de la prueba de experticia informática, promovida por los demandantes ciudadanos Gabriel Eduardo Merchán y Lisseth Deyanira Pérez Jiménez, titulares de la cédulas de identidades números V- 26.622.142 y V-23.540.019, en su orden. QUINTO: SE ORDENA la remisión del presente cuaderno separado al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción, a los fines legales consiguientes.
SEXTO: No hay condenatoria en costas por.....