Declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante abogado Carlos Manuel Ostos Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 129.689, contra el auto de fecha 23 de abril de 2025, proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 23 de abril de 2025, proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. TERCERO: SE ORDENA la remisión del presente cuaderno separado al Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los fines legales consiguientes. CUARTO: No hay condenatoria en costas.
La Jueza,
Abg. Marizol Durán Colmenares
La Secretaría Judicial,
Abg. Ana María Omaña Es.....