CAPITULO III
DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por la Abg. FRANCIA ALEJANDRA VARGAS SÁNCHEZ venezolana, mayor de edad, de este domicilio, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 134.548 en su condición de Apoderada Judicial de los ciudadanos SANTIAGO AMADOR CABRERA C.I V-6.315.023 y PABLO BARRERA CHINEA C,I V-6.188.124, en contra de la Sentencia dictada en fecha 18.10.2.010, por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se declara firme la sentencia recurrida.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo.....