declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las co apoderadas
judiciales de la parte demandante abogadas María Ysamar Delgado Catillo y Carmen
Andrea Ochoa Hernández, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 221.349 y
26.133, en su orden, contra el auto de fecha 20 de Marzo de 2025, proferida por el
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del estado Táchira. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 20 de Marzo de 2025,
proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del estado Táchira. TERCERO: SE ORDENA la remisión del
presente cuaderno separado al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del
Trabajo de esta Circunscripción, a los fines legales consiguientes. CUARTO: No hay
condenatoria en costas. Publíquese, regístrese la presente decisión.
La Jueza,
Abg. Marizol Durán Colmenares
La Secretaría Judicial,
Abg. Ana María Omaña Esca.....