Este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado TULIO ALFONSO CALDERON CAVALIERI, quien dice ser Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 5.427.424, de 47 años de edad, nacido en fecha 14-09-1959, casado, mecánico, hijo de Alida Cavalieri viuda de Domínguez (v) y de Tulio Alfonso Calderón (f), residenciado en la carrera 6, entre calles 9 y 10, centro, hotel Regional, habitación 18, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfonos 0276-3434406 y 0414-9121136, el cual encuadra en las tipificaciones penales de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes Y Psicotr.....