DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la oposición interpuesta por la abogada en ejercicio de este domicilio MAIRA MARÍN P., apoderada judicial de la empresa ADMINISTRADORA DENÚ C.A., en el juicio que por RENDICIÓN DE CUENTAS incoaran los abogados MARIOLGA QUINTERO TIRADO, JHONNY VÁSQUEZ ZERPA y ABELARDO NOGUERA GARBÁN, apoderados judicial de la empresa INMOBILIARIA BUNGALOW, C.A., todos anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 673 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena:
PRIMERO: La suspensión del proceso especial de rendición de cuentas y la continuación del procedimiento por los trámites del juicio.....