PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado FRANKARLES WUSSIE PERUCHO ZAMBRANO, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 13-06-1992, de 20 años de edad, soltero de profesión u oficio obrero, hijo de Masiel Zambrano y Jesús Perucho, titular de la cédula de identidad N° 20.999.169, residenciado en el Pasaje El Yagual, calle 9 y 10, casa 2-9, Puente Real, San Cristóbal, estado Táchira, teléfono 0424-708.81.77, por la comisión del delito de TRAFICO ÍLICITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICÓTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas.
SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: C.....