CAPÍTULO VI
DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 1 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Sanciona al acusado adolescente: identidad omitida, antes identificado, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277, del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de El Orden Público, a cumplir las sanciones de las sanciones de libertad asistida, consistente en someterse a la supervisión, asistencia y orientación de la Psicóloga Lic. Marilina Chourio, adscrita a esta Sección de Adolescentes, por el lapso de un (1) año y un servicio comunitario por el lapso de .....