Con atención de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato, incoara FINANCIADORA IBERMIR, C.A, Empresa Mercantil, de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 3 de marzo de 1994, bajo el Nº 43, Tomo 48-A-Pro; contra el ciudadano ANDRÉS RAMÓN GARCÍA ISTURIZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.819.306. En consecuencia, queda resuelto el contrato de arrendamiento de autos, autenticado en fecha 2 de noviembre de 2005, y SE CONDENA al demandado a: 1) La entrega del local comercial SOTANO, del edificio denominado BUTANTA, ubicado en la calle López Méndez, de la urbanización San Bernardino, antes Pa.....