DE LA DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia consultada, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de marzo de 2016, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de interdicción presentada por la ciudadana MARIA LUISA FERNANDEZ DE GARCIA, de nacionalidad española, mayor de edad, casada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número E-1.009.229, en su carácter de hermano del ciudadano ANTONIO FERNANDEZ GARCIA, venezolano, soltero, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6-125.335.
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