REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PANAMERICANO, SAMUEL DARIO MALDONADO Y SIMON RODRIGUEZ DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Coloncito, miércoles diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2.025).

214° y 165°
Por recibida la anterior solicitud de LEGALIDAD DE DOCUMENTO PRIVADO Y HOMOLOGACION presentada por el ciudadano ANDRES ROZO SANABRIA, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.112.038, domiciliado en el Sector San Rafael, Parroquia La Tendida, Municipio Samuel Darío Maldonado, del Estado Táchira y civilmente hábil, actúa en representación del ciudadano: ORLANDO MOLINA SANTANA, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.846.241, domiciliado en Caracas, Distrito capital y civilmente hábil, tal y como consta en Poder General de Representación, Administración y Disposición, por ante la Oficina de Notaria Publica del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, bajo el Numero 25, Tomo 2, Folios 94 hasta el 96, de fecha (30) de Abril del año 2024, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio LUZDARY PORTILLO PEREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.258.254, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 227.495, recibida en fecha 17 de septiembre de 2025, conforme a lo cual solicitan se declare la legalidad del Negocio Jurídico celebrado en Documento Privado y se homologue el mismo, el cual anexaron a la solicitud y que textualmente establece:
“Yo, ORLANDO MOLINA SANTANA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.846.241, domiciliado en Caracas, Distrito capital y civilmente hábil, representado en este acto por el ciudadano: ANDRES ROZO SANABRIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.112.038, domiciliado en el Sector San Rafael, Parroquia La Tendida, Municipio Samuel Darío Maldonado, del Estado Táchira y civilmente hábil, tal y como consta en Poder General de Representación, Administración y Disposición, amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere, otorgado por ante la Oficina de Notaria Publica del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, bajo el Numero 25, Tomo 2, Folios 94 hasta el 96, de fecha (30) de Abril del año 2024, por medio del presente instrumento DECLARO: que soy propietario de UNAS MEJORAS AGROPECUARIAS, consistente en: PRIMERO: 1.- (01) casa principal, con un área de construcción de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2), construida en bloques N° 12, debidamente frisadas y cavados en pinturas e caucho policromado, columnas de arrastre vaciadas en concreto y piedra seca con soportes, columnas verticales de concreto, cabilla armada y amarras en alambre, techo en acerolit; sobre puesto en tubería doble (T) con sus respectivas amarras atornilladas, ventanas forjadas en hierro en láminas metalizadas con sus respectivos protectores y vidrio, puertas metálicas laminas lisas con sus cerraduras específicas, conexiones eléctricas internas, así mismo los toma corrientes, apagadores y Sócrates, en conexión extensión 110 con su tablero principal; pisos vaciados en concreto revestido en terracota tipo caico, con tres (03) habitaciones, des (02) baños internos, revestidos en cerámica, tanto en paredes como e pisos, teniendo en conformidad sus accesorios debidos y conexiones del agua. 2.-Un Área de Cocina; con planchones vaciados en concreto cabilla, revestido en cerámica, fregadero en acero inoxidable contando con sus respectivas conexiones de aguas blancas y aguas negras, (01) comedor en concepto abierto, un (01) porche construido en columna vaciada en concreto y cabilla amarrada, revestido en ladrillo macizo en barro quemado, techado en acerolit sobre puestos biga doble (T) con sus respectivas amarras. 3.-Un Depósito N° 1: con un área de construcción de Doce Metros (12 Mts); elaborado en Bloques N° 12, con sus respectivas columnas vaciadas en concreto y cabilla armada, contando con una placa vaciada en concreto Maya Tucson, que sirve con techo de la misma, puertas metálicas de láminas lisas con sus cerraduras específicas, sobre esta misma placa existe una (01) habitación con su respectivo baño, teniendo sus conexiones debidas de aguas negras y blancas, ventanas forjada en hierro en láminas metalizadas con sus respectivos protectores y vidrios teniendo como acceso para este una escalera externa vaciada en concreto armada en cabilla, revestida en terracota caico, en sus laterales pasamanos tipo chaguaramo, techo en placa corrida vaciada en concreto maya Tucson. Sobre dicha habitación existe un tanque en PCV, con una capacidad de 2000 Mil Litros de agua, así mismo con sus respectivas conexiones, Pozo séptico enmallaje en bloque, son sus respectivas tapa en cementad con su respiradero teniendo una profundidad de 6 Mts: 4.- Un Deposito N° 2: con un área de construcción de Diez Metros Cuadrados (10 Mts2), construido en Bloques N 12, con sus respectiva columnas vaciadas en concreto y cabilla armada, contando con una placa vaciada en concreto maya Tucson, que sirve como techo de la misma, puertas metálicas de láminas lisas con sus cerraduras específicas, sobre esta misma placa existe una habitación con su respectivo baño, teniendo sus conexiones debidas de aguas negras y blancas, puerta de madera en tamborrada, con sus cerraduras, ventanas forjadas en hierro en láminas metalizadas con su respectivo protectores y vidrio, teniendo como acceso para este una escalera externa vaciada en concreto armada en cabilla revestida en terracota caico, en sus laterales pasamanos tipo chaguaramos, techo en placa corrida vaciada en concreto Maya Tucson, sobre dicha habitación existe un tanque PCV, con capacidad de 2000 mil Litros de agua, así mismo con sus respectivas conexiones 5.-UNA (01) VAQUERA Y CORRALES: Con un área de construcción de Doscientos Metros Cuadrados (200 Mts2); con estructura en tuberías torneada, anclado en tubería doble (T), techo de acerolit tipo teja Li, sobrepuesto en tubería doble T y pintura en aceite, portones en el mismo material pisos en concretos cuenta con un bebedero y sus respectiva conexiones para agua flotantes y un salero interno 6.- UNA (01) MANGA O EMBARCADERO: de carga en tubería metálica doble T. 7.-UN AREA DE COCHINERA: Con un área de construcción de Doscientos Veinte Metros Cuadrados (220 Mts2), construida en bloque N° 15, piso en concreto con Malla Tucson, columna doble T, anclada en cemento vaciado, portones en tubo de aguade media con sus respectivos pasadores, contando con bebederos elaborados en concreto, techo en láminas aceradas tipo canal, sobrepuesta en biga doble T, tubería de agua blancas, negras de PCV, de cuatro pulgadas. 8. UN (01) TANQUE PARA AGUA DE CONSUMO: con capacidad de 2000 Mil Litros, estructura vaciada sobre columnas de concreto armado, cabillas ancladas en bigas de arrastre, pisos lisos, vaciados en bloque N° 15, frisos lisos y pintura en caucho, teniendo sus debidas conexiones, techo en tipo acerolit y tubería de hierro con sus amarras atornilladas, sirviendo el mismo para la distribución de consumo animal por tubería de manguera en alta presión de ¼, un (01) puntillo para extracción de agua de consumo de igual forma, una bomba existente para la exportación de la misma, un (01) segundo puntillo, en punto centro de la finca con una profundidad de 12 Mts, en tubería de alta presión, un (01) fogón artesanal, piso vaciado en concreto tipo liso, techo de acerolit en tubería doble T, cercas de alambre de púa con portillos, de horcones o estantillos de madera curari roble, (pastos brecharia, dominica y de cumbre), un (01) camellón interno engranzonado, las mejoras antes descritas, es todo lo adquirido tal como consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado, Simón Rodríguez y San Judas Tadeo del Estado Táchira, inscrito bajo el Numero 13, Folios 4626, Tomo 1, del protocolo de transcripción, de fecha 27 de enero del año 2.021, están ubicadas en la Finca denominada "FINCA EL ARROYO" Ubicadas en el Sitio denominado Sector Los Pozones, del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, y se encuentran radicadas sobre terrenos propiedad de la Municipalidad de Jáuregui, debidamente arrendado en Contrato de Arrendamiento N° 50.837 y autenticado por ante la Notaria Publica de Seboruco del Estado Táchira, bajo el N° 16, Tomo 01, Folio 65 al 68, del Libro de Autenticaciones de fecha 25/01/2021, con un área total de terreno de terreno de: VEINTE HECTAREAS CON SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (20 Has con 76 Mts2); Dividida en dos (02) Lotes: específicamente medido y alinderado de la siguiente manera: PRIMER LOTE: constante de Dieciséis Hectáreas con Seiscientos Veintiséis Metros Cuadrados (16 Has con 0626,00 Mts2) NORTE: Del Vértice P24 al P20, con una extensión de Ciento Sesenta y Tres Metros con Cuarenta y Cuatro Centímetros (163,44 Mts), Colinda con la Finca Diamante. SUR: Del Vértice P14 al P9, con una extensión de Doscientos Cuarenta y Tres Metros con Cincuenta Centímetros (243,50 Mts): Colinda con Camellón Publico. ESTE: Del Vértice P20 al P14, con una extensión de Seiscientos Veintisiete Metros con Setenta y Un Centímetros (627,71 Mts); Colinda con Jairo Mesa, Seferino Ruiz y Camellón Publico. OESTE: Del Vértice P9 al P24, con una extensión de Ochocientos Sesenta y Siete Metros con Treinta Centímetros (867,30 Mts); Colinda con Rosa Prieto de Pérez. SEGUNDO LOTE: constante de Tres Hectáreas con Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta Metros Cuadrados (3) Has con 9450,00 Mts2) NORTE: Del Vértice P5 al P1, con una extensión de Doscientos Treinta y Siete Metros con Treinta Centímetros (237,30 Mts); Colinda con el Camellón Publico. SUR: Del Vértice P4 al P3, con una extensión de Doscientos Seis Metros (206 Mts): Colinda con Reinaldo Riera. ESTE: Del Vértice P4 al P5, con una extensión de Ciento Ochenta Metros con Cincuenta y Cinco Centímetros (180,55 Mts); Colinda con Reinaldo Riera. OESTE: Del Vértice P1 al P3, con una extensión de Doscientos Dieciocho Metros (218 Mts); Colinda con la Carretera Los Pozones. SEGUNDO: UNAS MEJORAS consistente en pastos artificiales, árboles frutales, todo cercado con estantillos de madera y alambres de púas, estas mejoras fueron hechas con esfuerzo y dinero de mi propio peculio, ubicadas en el Sector Los Pozones, Parroquia la Tendida del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, y están radicadas sobre terrenos que pertenece a la Municipalidad del Concejo Municipal del Municipio Jauregui, y posee un Contrato de Arrendamiento a mi favor con el N° 51.229, de fecha (04) de Noviembre del año 2021, con un área total de terreno de: UNA HECTAREA CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (01 Has con 4.230 Mts2); específicamente medido y alinderado de la siguiente manera: NORESTE: Del Vértice P1 al P2, Colinda con la Finca El Diamante, en una extensión de Cincuenta y Cuatro Metros con Doce Centímetros (54,12 Mts); SUROESTE: Del Vértice P5 al P4, Colinda con Nélida Rosa Prieto de Pérez, en una extensión de Ciento Cuarenta Metros con Veinticinco Centímetros (140,25 Mts); SURESTE: Del Vértice P5 al P1, Colinda con Nélida Rosa Prieto de Pérez, en una extensión de Doscientos Veinticuatro Metros con Ochenta Centímetros (224,80 Mts); SUROESTE: Del Vértice P2 al P4, Colinda con la Finca el Diamante, en una extensión de Ciento Cuarenta y Ocho Metros con Cincuenta y Cinco Centímetros (148,55 Mts); estos linderos y medidas se ajustan al plano topográfico que anexo para que sea agregado al expediente. TERCERO: UNAS MEJORAS consistente en pastos artificiales, árboles frutales, todo cercado con estantillos de madera y alambres de púas, estas mejoras fueron hechas con esfuerzo y dinero de mi propio peculio, ubicadas en e Sector Los Pozones, parte Baja, Parroquia la Tendida del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, y están radicadas sobre terreno que pertenece a la Municipalidad del Concejo Municipal del Municipio Jáuregui, y posee un Contrato de Arrendamiento a mi favor con el N° 51.323, de fecha (08) de Abril del año 2022, con un área total de terreno de: UNA HECTAREA (01 Has); específicamente medido y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Del Vértice P1 al P2, Colinda con Diomer Casanova, en una extensión de Cien Metros (100 Mts): SUR: Del Vértice P3 al P4, Colinda con Nélida Rosa Prieto de Pérez, en una extensión de Cien Metros (100 Mts): ESTE: Del Vértice P2 al P3, Colinda con Orlando Molina Santana, en una extensión de Cien Metros (100 Mts); OESTE: Del Vértice P4 al P1, Colinda con Nélida Rosa Prieto, en una extensión de Cien Metros (100 Mts); estos linderos y medidas se ajustan al plano topográfico que anexo para que sea agregado al expediente. CUARTO: UNAS MEJORAS consistente en pastos artificiales, árboles frutales, todo cercado con estantillos de madera y alambres de púas, estas mejoras fueron hechas con esfuerzo y dinero de mi propio peculio, ubicadas en el Sector Los Pozones, Parroquia la Tendida del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, y están radicadas sobre terrenos que pertenece a la Municipalidad del Concejo Municipal del Municipio Jáuregui, y posee un Contrato de Arrendamiento a mi favor con el N° 51.394, de fecha (06) de Diciembre del año 2022, con un área total de terreno de: TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (374,63 Mts2); específicamente medido y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Del Vértice P1 al P2, Colinda con Orlando Molina Santana, en una extensión de Nueve Metros con Veinte Centímetros (9.20 Mts): SUR: Del Vértice P3 al P4, Colinda con Nélida Rosa Prieto de Pérez, en una extensión de Trece Metros (13 Mts): ESTE: Del Vértice P2 al P3, Colinda con Orlando Molina Santana, en una extensión de Treinta y Dos Metros con Treinta Centímetros (32,30 Mts), OESTE: Del Vértice P4 al P1, Colinda con Nélida Rosa Prieto, en una extensión de Treinta y Cinco Metros con Ochenta Centímetros (35,80 Mts); estos linderos y medidas se ajustan al plano topográfico que anexo para que sea agregado al expediente. QUINTA: UNAS MEJORAS consistente en pastos artificiales, árboles frutales, todo cercado con estantillos de madera y alambres de púas, estas mejoras fueron hechas con esfuerzo y dinero de mi propio peculio, ubicadas en el Sector Los Pozones, Parroquia la Tendida del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, y están radicadas sobre terrenos que pertenece a la Municipalidad del Concejo Municipal del Municipio Jáuregui, y posee un Contrato de Arrendamiento a mi favor con el N° 51.395, de fecha (06) de Diciembre del año 2022, con un área total de terreno de: UNA HECTAREA (01 Has); específicamente medido y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Del Vértice P1 al P2, Colinda con Orlando Molina Santana, en una extensión de Cien Metros (100 Mts), SUR: Del Vértice P3 al P4, Colinda con Nélida Rosa Prieto de Pérez, en una extensión de Cien Metros (100 Mts): ESTE: Del Vértice P2 al P3, Colinda con Orlando Molina Santana, en una extensión de Cien Metros (100 Mts): OESTE: Del Vértice P4 al P1, Colinda con Nélida Rosa Prieto, en una extensión de Cien Metros (100 Mts); estos linderos y medidas se ajustan al planos topográficos que anexo para que sea agregado al expediente. Ahora bien he decidido unificar, las Mejoras antes descritas que están radicadas en los cinco (05) lotes de terrenos por estar contiguas formando un solo globo de Mejoras y Terreno, las cuales son las siguientes: Pastos Artificiales, Árboles Frutales, encerrados en estantillos de maderas y alambres de púas, y (01) casa principal, con un área de construcción de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120 Mts2), construida en bloques N° 12, debidamente frisadas y cavados en pinturas e caucho policromado, columnas de arrastre vaciadas en concreto y piedra seca con soportes, columnas verticales de concreto, cabilla armada y amarras en alambre, techo en acerolit; sobre puesto en tubería doble (T) con sus respectivas amarras atornilladas, ventanas forjadas en hierro en láminas metalizadas con sus respectivos protectores y vidrio, puertas metálicas laminas lisas con sus cerraduras específicas, conexiones eléctricas internas, así mismo los toma corrientes, apagadores y Sócrates, en conexión extensión 110 con su tablero principal; pisos vaciados en concreto revestido en terracota tipo caico, con tres (03) habitaciones, dos (02) baños internos, revestidos en cerámica, tanto en paredes como en pisos, teniendo en conformidad sus accesorios debidos y conexiones de agua. Un Área de Cocina, con planchones vaciados en concreto y cabilla, revestido en cerámica, fregadero en acero inoxidable contando con sus respectivas conexiones de aguas blancas y aguas negras, (01) comedor en concepto abierto, un (01) porche construido en columna vaciada en concreto y cabilla amarrada, revestido en ladrillo macizo en barro quemado, techado en acerolit sobre puestos biga doble (T) con sus respectivas amarras. Un Depósito N° 1: con un área de construcción de Doce Metros (12 Mts); elaborado en Bloques N° 12, con sus respectivas columnas vaciadas en concreto y cabilla armada, contando con una placa vaciada en concreto Maya Tucson, que sirve con techo de la misma, puertas metálicas de láminas lisas con sus cerraduras específicas, sobre esta misma placa existe una (01) habitación con su respectivo baño, teniendo sus conexiones debidas de aguas negras y blancas, ventanas forjada en hierro en láminas metalizadas con sus respectivos protectores y vidrios teniendo como acceso para este una escalera externa vaciada en concreto armada en cabilla, revestida en terracota caico, en sus laterales pasamanos tipo chaguaramo, techo en placa corrida vaciada en concreto maya Tucson. Sobre dicha habitación existe un tanque en PCV, con una capacidad de 2000 Mil Litros de agua, así mismo con sus respectivas conexiones; Pozo séptico enmallaje en bloque, son sus respectivas tapas en cementad con su respiradero teniendo una profundidad de 6 Mts. Un Deposito N° 2: con un área de construcción de Diez Metros Cuadrados (10 Mts2); construido en Bloques N° 12, con sus respectiva columnas vaciadas en concreto y cabilla armada, contando con una placa vaciada en concreto maya Tucson, que sirve como techo de la misma, puertas metálicas de láminas lisas con sus cerraduras específicas, sobre esta misma placa existe una habitación con su respectivo baño, teniendo sus conexiones debidas de aguas negras y blancas, puerta de madera en tamborrada, con sus cerraduras, ventanas forjadas en hierro en láminas metalizadas con su respectivo protectores y vidrio, teniendo como acceso para este una escalera externa vaciada en concreto armada en cabilla revestida en terracota caico, en sus laterales pasamanos tipo chaguaramos, techo en placa corrida vaciada en concreto Maya Tucson sobre dicha habitación existe un tanque PCV, con capacidad de 2000 mil Litros de agua, así mismo con sus respectivas conexiones. UNA (01) VAQUERA Y CORRALES: Con un área de construcción de Doscientos Metros Cuadrados (200 Mts2); con estructura en tuberías torneada, anclado en tubería doble (T), techo de acerolit tipo teja Li, sobrepuesto en tubería doble T y pintura en aceite, portones en el mismo material pisos en concretos cuenta con un bebedero y sus respectivas conexiones para agua flotantes y un salero interno. UNA (01) MANGA O EMBARCADERO: de carga en tubería metálica doble T. UN AREA DE COCHINERA: Con un área de construcción de Doscientos Veinte Metros Cuadrados (220 Mts2), construida en bloque N° 15, piso en concreto con Malla Tucson, columna doble T, anclada en cemento vaciado, portones en tubo de aguade media con sus respectivos pasadores, contando con bebederos elaborados en concreto, techo en láminas aceradas tipo canal, sobrepuesta en biga doble T, tubería de agua blancas, negras de PCV, de cuatro pulgadas. UN (01) TANQUE PARA AGUA DE CONSUMO: con capacidad de 2000 Mil Litros, estructura vaciada sobre columnas de concreto armado, cabillas ancladas en bigas de arrastre, pisos lisos, vaciados en bloque N° 15, frisos lisos y pintura en caucho, teniendo sus debidas conexiones, techo en tipo acerolit y tubería de hierro con sus amarras atornilladas, sirviendo el mismo para la distribución de consumo animal por tubería de manguera en alta presión de ¼, un (01) puntillo para extracción de agua de consumo de igual forma, una bomba existente para la exportación de la misma, un (01) segundo puntillo, en punto centro de la finca con una profundidad de 12 Mts, en tubería de alta presión, un (01) fogón artesanal, piso vaciado en concreto tipo liso, techo de acerolit en tubería doble T, cercas de alambre de púa con portillos, de horcones o estantillos de madera curari y roble, (pastos brecharia, dominica y de cumbre), un (01) camellón interno engranzonado, las mejoras aquí descritas fueron adquiridas en parte con dinero de mi esfuerzo peculio y en parte por haberlas adquirido tal y como consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado, Simón Rodríguez y San Judas Tadeo del Estado Táchira, inscrito bajo el Numero 13, Folios 4626. Tomo 1. del protocolo de transcripción, de fecha 27 de enero del año 2.021, y se encuentran radicadas sobre terrenos propiedad de la Municipalidad del Jáuregui, debidamente arrendado en Contrato de Arrendamiento bajo los Números N° 50.837 autenticado por ante la Notaria Publica de Seboruco del Estado Táchira, bajo el N° 16, Tomo 01, Folio 65 al 68, del Libro de Autenticaciones de fecha 25/01/2022. N° 51.229, de fecha (04) de Noviembre del año 2021, N° 51.323, de fecha (08) de Abril del año 2022, N° 51.394, de fecha (06) de Diciembre del año 2022, N° 51.395, de fecha (06) de Diciembre del año 2022, dichas mejoras, están ubicadas en la Finca denominada "FINCA EL ARROYO" en el Sitio denominado Sector Los Pozones, del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, con un área total de VEINTITRÉS HECTÁREAS CON CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON VEINTITRES CENTİMETROS (23 Has con 4680,23 Mts2); DIVIDIDO EN DOS (02) LOTES: específicamente medido y alinderado de la siguiente manera PRIMER LOTE: Constante de Diecinueve Hectáreas con Cinco Mil Doscientos Treinta Metros Cuadrados (19 Has con 5.230 Mts2); NORTE: Del Vértice P1 al P20, Colinda con la Finca el Diamante, en una extensión de Doscientos Diecisiete Metros con Cincuenta y Seis Centímetros (217,56 Mts): ESTE: Del Vértice P20 al P17, Colinda en parte con Jairo Meza, y en parte con Seferino Ruiz, en una extensión de Cuatrocientos Veintisiete Metros con Veintiún Centímetros (427,21 Mts); SUR: Del Vértice P17 al P9, Colinda con Camellón Publico, que separa terreno del Lote, N° 2, en una extensión de Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Metros (444 Mts); OESTE: Del Vértice P1 al P9, Colinda en parte con Nélida Rosa Prieto de Pérez, y en parte con Diomer Casanova, en una extensión de Mil Veinticinco Metros con Ochenta y Un Centímetros (1.025,81 Mts). SEGUNDO LOTE: Constante de: Tres Hectáreas con Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta Metros Cuadrados con Veintitrés Centímetros (3 Has con 9.450,23 Mts2); NORTE: Del Vértice P5 al P1, Colinda con Camellón Publico que separa terreno del Primer Lote, en una extensión de Doscientos Treinta y Siete Metros con Treinta Centímetros (237,30 Mts); SUR: Del Vértice P3 al P4, Colinda con Reinaldo Riera, en una extensión de Doscientos Seis Metros (206 Mts); ESTE: Del Vértice P4 al P5, Colinda con Reinaldo Riera, en una extensión de Ciento Ochenta Metros con Cincuenta y Cinco Centímetros (180,55 Mts); OESTE: Del Vértice P1 al P3, Colinda con Carretera Principal Los Pozones, en una extensión de Doscientos Dieciocho Metros (218 Mts). Las medidas y linderos que aquí se dan por reproducidas se ajustan de conformidad con el plano topográfico, que anexo debidamente para que sea agregado al expediente. Así lo digo y firmo hoy (16) de Septiembre del año 2.025, en la Población de Coloncito Municipio Panamericano del Estado Táchira...”

Este Tribunal en fecha 17 de septiembre, admitió la solicitud graciosa y acordó tramitarla por auto por separado.
Las partes alegan que, a los fines de garantizar los derechos que posee los ciudadanos ANDRES ROZO SANABRIA, representando al ciudadano: ORLANDO MOLINA SANTANA, identificados, requieren darle legalidad al documento privado celebrado entre éste, manifiestan tener conocimiento del documento privado anexo.
Las partes consignaron los siguientes documentos: 1.- Documento Privado contentivo de COMPRA VENTA suscrito por los ciudadanos: ANDRES ROZO SANABRIA, representando al ciudadano: ORLANDO MOLINA SANTANA, plenamente identificados, de fecha 16 de septiembre de 2025, redactado en papel Bond tipo oficio. 2.- Copia simple del Poder General, por ante la Oficina de Notaria Publica del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, bajo el Numero 25, Tomo 2, Folios 94 hasta el 96, de fecha (30) de Abril del año 2024.3.- copias de las cédulas de identidad de los solicitantes.4.- Copia Simple del Contrato de Arrendamiento bajo los Números N° 50.837 autenticado por ante la Notaria Publica de Seboruco del Estado Táchira, bajo el N° 16, Tomo 01, Folio 65 al 68, del Libro de Autenticaciones de fecha 25/01/2021. 5.- Copia simple del Levantamiento Topográfico.6.- Copia Simple documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado, Simón Rodríguez y San Judas Tadeo del Estado Táchira, inscrito bajo el Numero 13, Folios 4626. Tomo 1, de fecha 27 de enero del año 2.021. 7.- Copia Simple del Contrato de Arrendamiento, por ante la Municipalidad del Jauregui Estado Táchira, según N° 51.229, de fecha (04) de Noviembre del año 2021. 8.- Copia simple del Levantamiento Topográfico. 9.- Copia Simple del Contrato de Arrendamiento, por ante la Municipalidad del Jauregui Estado Táchira, según N° 51.323, de fecha (08) de Abril del año 2022. 10.- Copia simple del Levantamiento Topográfico. 11.- Copia Simple del Contrato de Arrendamiento, por ante la Municipalidad del Jauregui Estado Táchira, según N° 51.395, de fecha (06) de Diciembre del año 2022. 12.- Copia simple del Levantamiento Topográfico. 13.- Copia Simple del Contrato de Arrendamiento, por ante la Municipalidad del Jauregui Estado Táchira, según N° 51.394, de fecha (06) de Diciembre del año 2022. 14.- Copias simple del Levantamientos Topográficos. A los documentos señalados anteriormente, este Juzgado les otorga pleno valor probatorio, ello de conformidad a lo señalado por los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil.
Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos ANDRES ROZO SANABRIA, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.112.038, domiciliado en el Sector San Rafael, Parroquia La Tendida, Municipio Samuel Darío Maldonado, del Estado Táchira y civilmente hábil, actúa en representación del ciudadano: ORLANDO MOLINA SANTANA, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.846.241, domiciliado en Caracas, Distrito capital y civilmente hábil, tal y como consta en Poder General de Representación, Administración y Disposición, por ante la Oficina de Notaria Publica del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, bajo el Numero 25, Tomo 2, Folios 94 hasta el 96, de fecha (30) de Abril del año 2024, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS.
Asimismo, se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas y solicitadas por las partes y desglosar los documentos objeto de solitud original dejándose en su lugar copia certificada de los mismos.
Regístrese y publíquese la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA y expídase copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, siendo las diez horas y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), del día de hoy miércoles diecisiete (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). Cúmplase. Años 214º de la Independencia y 166º de la Federación.
Juez Provisorio, Secretaria


Abg. Yolanda Ortega Bayona Abg. Disneiby Yubirey Sanchez Daza

YOB/csnr.-
Solic. 5.330-2025