JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 03 de Octubre del 2025.

215° Y 166°
PARTE DEMANDANTE: MARIA TERESA CAMEJO TORRES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-. 4.633.198. Domiciliada en la calle 3 con vereda 3, casa s/n Caneyes, Municipio Guásimos del Estado Táchira.

APODERADA JUDICIAL ABOGADA: MAYRA ALEJANDRA CONTRERAS PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.113.967, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.832

PARTE DEMANDADA: 1) REYMERD YOVANNY JIMENEZ SANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V- 9.147.961, domiciliado en la carrera 5, N° 2-89, Delicias, Municipio Rafael Urdaneta del Estado Táchira. 2) ELKA YOMARA JIMENEZ SANABRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.460.997, domiciliada en la Urbanización Virgen de Coretto, Avenida principal de la Ula, 17B, apartamento 3 San Cristóbal. 3) FRANKY ELMAR JIMENEZ SANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.463.610, domiciliado en Barrio Sucre, parte baja, calle 2 N° 1-93 San Cristóbal. 4) NAPOLEON JIMENEZ SANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.037.000, domiciliado en Barrio Sucre parte baja, calle 1 con carrera 3, edificio Festevempro N° 2-137, apartamento 10, San Cristóbal, 5) KRYSTHYAN JOHAN JIMENEZ CAMEJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.626.144, domiciliado en la calle 3 con vereda 3, casa s/n, Caneyes, Municipio Guásimos Estado Táchira, 6) INES SOFIA JIMENEZ CAMEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 16.281.661, domiciliado en la calle 3 con vereda 3, casa s/n, Caneyes Municipio Guásimos del Estado Táchira. 7) CIRA MARIA JIMENEZ CAMEJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.877.015, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.877.015, domiciliado en la calle 3 con vereda 3, casa s/n, Caneyes, Municipio Guasimos del Estado Táchira.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA.
EXPEDIENTE: 9971
Por cuanto de la revisión de las actas se observa:
Que en fecha 12 de Mayo de 2023, este juzgado, recibió la presente demanda por distribución. (F.01 al 04)
En fecha 16 de Mayo de 2023, el suscrito secretario informa que la parte demandante se identifico, consigno recaudos constantes de 08 folios útiles. (F. 05 al 12)
En fecha 16 de mayo del 2023, mediante auto de este juzgado, se admite la presente demanda y se emplaza a la parte demandada, libre boletas, y el respectivo edicto. (13 al 21)
En fecha 26 de mayo de 2023, la ciudadana María Teresa Camejo Torres, asistida por la abogada Mayra Contreras Páez presenta escrito de reforma constate de 02 folios y 01 anexo (F. 22 al 24).
En fecha 26 de mayo de 2023, confiere poder apud acta a la abogada Mayra Alejandra Contreras Páez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.832. (F.25)
En fecha 30 de mayo de 2023, mediante auto de este juzgado se admite la reforma de demanda en la presente causa, se libra las boletas de citación (F. 26 al 33)
En fecha 02 de junio de 2023, los ciudadanos Napoleón Jiménez Lara, Krysthyan Johan Jiménez, Cira María Jiménez, Franky Elmar Jiménez, asistidos por el abogado Emilio Lemus, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 122.768. (F. 34)
En fecha 05 de junio de 2023, la ciudadana Inés Sofía Jiménez, mediante diligencia se da por citada en la presente causa. (F. 35).
En fecha 07 de junio de 2023, la abogada Mayra Alejandra Contreras Paéz, mediante diligencia consigna edicto publicado en fecha 24 de mayo de 2023 para ser agregado al presente expediente (F. 36 al 37)
En fecha 07 de junio de 2023, mediante auto de este Juzgado, se acuerda agregar el edicto publicado en el diario los andes y diario la católico (F38)
En fecha 14 de junio de 2023, mediante diligencia del alguacil informa que la parte solicitante le suministro los emolumentos para las compulsas respectivas (F. 39)
En fecha 03 de julio de 2023, mediante diligencia del alguacil informa que fue firmada la boleta de citación al ciudadano Reymerd Yovanny Jiménez Sanabria (F. 40 al 41)
En fecha 26 de julio del 2023, mediante diligencia el alguacil informa que fue imposible lograr la citación de la ciudadana Elka Yomara Jiménez. (F.42)
En fecha 03 de agosto de 2023, la abogada Mayra Alejandra Contreras Paéz, mediante diligencia solicita se libre cartel de citación (F. 43)
En fecha 26 de octubre de 2023, la abogada Mayra Contreras Paéz, mediante diligencia solicita nuevamente la citación de los demandados. (F. 44)
En fecha 02 de noviembre de 2023, mediante auto de este juzgado, se ordena librar nuevamente las boletas de citación a los demandados (F.45 al 52)
En fecha 22 de noviembre de 2023, el alguacil informa mediante diligencia que la parte solicitante le suministro los emolumentos para las compulsas (F. 53)
El Tribunal advierte que debe hacer pronunciamiento sobre la declaratoria de la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, para lo cual previamente observa:
El Código de Procedimiento Civil establece, la institución denominada perención de la instancia.
En este sentido, el artículo 267 de dicho Código dispone:
"Toda instancia se extingue por el transcurso de un (1) año, sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes..."
Sentadas las premisas anteriores, y observando el Tribunal que consta plenamente en autos que desde el 22 de noviembre del 2023, Consta en el presente proceso como última actuación, por lo que era un deber ineludible de la parte interesada la tramitación del proceso, lo que implica que su desatención entraña una renuncia a continuar la causa, incurriendo infaliblemente en el presupuesto normativo del encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, como puede apreciarse ha transcurrido hasta la presente fecha desde el 22 de noviembre de 2023, más de un (1) año de inactividad procesal plena, por lo que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los Artículos 12, 15, 242, 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio de RECONOCIMIENTO DE UNION CONCUBINARIA. NOTIFIQUESE.

Abg. Johanna Lisbeth Quevedo Poveda
Juez Provisoria.
Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico
Secretario Suplente.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en la sentencia anterior y se libró boleta de notificación.

Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico
Secretario Suplente.
Exp.9971