JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, 31 de octubre de 2025.-
215° y 166°

Visto el recurso de hecho anunciado mediante escrito de fecha 30 de octubre 2025, por los abogados DORIS VICTORIA NIÑO DE ABREU y JUAN CARLOS ABREU NIÑO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.630.278 y V-20.627.971 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 28.422 y 247.154 en su orden, apoderados judiciales de la parte demandante Sociedad Mercantil Centro Empresarial Andino VG, C.A., en la persona de su Presidente LUIS EDUARDO FRANCISCONY VIVAS y Vicepresidente MIGUEL EDUARDO FRANCISCONY IBARRA, contra la decisión dictada por este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 21 de octubre de 2025; se admite a trámite el mismo por cuanto fue interpuesto oportunamente dentro del lapso establecido en el acápite del artículo 316 del Código de Procedimiento Civil. Se deja expresa constancia que el día 30 de octubre de 2025, vencieron los cinco (5) días hábiles, que la ley concede para anunciar recurso de hecho. En consecuencia, practíquese por secretaria el cómputo de los lapsos procesales trascurridos en este tribunal y remítase a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en original el presente expediente y copia fotostática certificada de las tablillas demostrativas de los días de despacho transcurridos en este tribunal durante los meses de enero a octubre de 2025.

La Juez,


Abg. María Luisa Pino García.
La Secretaria,


Abg. Mirley Rosario Colmenares de Mora.

En la misma fecha se remitió lo acordado con oficio N° 0530-204, a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
La Secretaria,

Abg. Mirley Rosario Colmenares de Mora.
EXP: 8271-25