TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. ACTUANDO EN SEDE DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Capacho Nuevo, lunes 12 de mayo de 2025.
215º y 166°
Visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado en Audiencia de la misma fecha de hoy entre la ciudadana MARIANELA VELASCO RUEDA, Parte Accionante, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No.V-19.134.046 y el ciudadano JOSE EDUARDO BONILLA PARRA, Parte Accionada, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-19.359.839; a favor de sus hijas las niñas (se omite el nombre por disposición de la Ley Especial), de cuatro (4) y siete (7) años de edad respectivamente, domiciliadas en el sector San Isidro, Municipio Capacho Viejo del estado Táchira. Por cuanto lo pactado por las partes no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, garantizándose el Interés Superior de las niñas beneficiarias de la manutención en la presente causa; este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR
ABG. PEDRO ANTONIO GÁFARO PERNÍA
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. YORNELARY YHOELYS DAVILA GOMEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m) quedando registrada bajo el N° ________, se dejó copia digitalizada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA
Exp. No.3362-2024
PAGP/YYDG
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