REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, siete de mayo de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO : SH01-L-2024-000017
SP01-L-2024-000252
En el día de hoy, 07 de Mayo de 2025, a las 11:30 a.m. oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar se hizo presente la parte actora, YEILY MARIANA PULIDO OMAÑA V-26.607.787, asistida por el abogado ANGEL ALBERTO SANCHEZ MENDEZ I.P.S.A. 278.484; por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada MAITE CAROLINA SOTO YAÑEZ I.P.S.A. 38.708. Seguidamente las partes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (2.000,oo $) pagaderos de la siguiente manera: 1) La suma de 1000 $ el día 14 de mayo de 2025, 2) La suma de 500 $ para ser pagados el día 28 de mayo de 2025 y 3) La suma de 500$ para ser pagados el día 11 de junio de 2025. Todos los pagos en la sede del Tribunal a las 9:30 a.m. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que una vez cumplida la totalidad de la obligación contraída en esta audiencia, no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
Abg. Ana Mercedes Mora Rivas
Juez 6to. SME del Trabajo
La Parte Actora, La Parte Demandada,
La Secretaria,
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