REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SANTA ANA, DIECISEIS (16) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025).-
215° Y 166°
En virtud de la designación como Juez Provisorio del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, y juramentada por la Juez Rectora del estado Táchira; me ABOCO al conocimiento de la causa.
Visto el contenido del acto realizado entre los ciudadanos: YESSICA MIREYA MALDONADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.645.766 y JEAN CARLOS SILVA HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.438.452. Este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
El Ciudadano: JEAN CARLOS SILVA HERNANDEZ, ya identificado quien expone: llegamos a un acuerdo donde cada quien cubría los gastos una semana alterna, tuvimos un inconveniente, si es cierto mi hijo no me obedece en lo quehaceres de la casa. Tome la decisión de que estuviera con la mamá. Me apego a la ley y quiero dar la manutención, gano suelto mínimo, que ella abra una cuenta y le deposito, propongo la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (2.000 bs) MENSUALES, por manutención entre los 15 y 16 de cada mes, comenzando ahorita en Junio y asumo el gasto de mensualidad en futbol de ambos niños y respecto a los traslados pido sean compartidos los gastos en un 50%. En cuanto a los útiles y uniformes y demás gastos extraordinarios generados en cuanto a inscripción, cubriré el gasto de la niña y la mamá que se encargue de los gastos del niño.
La ciudadana: YESSICA MIREYA MALDONADO, ya identificada, quien expone: acepta el ofrecimiento aun cuando el mismo no es suficiente para cubrir los gastos de manutención diarios y pide sea depositado en cuanta corriente N° 0102 0219 14 0001450332 y acepto e cubrir los gastos del niño.
Demás gastos extraordinarios serán cubiertos 50% por cada uno de los padres.
En caso de incumplimiento del presente acuerdo, acarreará la sanción establecida en el artículo 270 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese Boleta de Notificación al Fiscal Decimo Tercero de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Líbrese Boleta de Notificación al Fiscal de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, Dieciséis (16) de Junio de Dos mil Veinticinco (2025).-
ABG. KAROL ANDREINA USECHE S.
JUEZ PROVISORIA
ABG. YSLEY Y. GALVIZ P.
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
SECRETARIA
KAUS/n.r
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