TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, TÁRIBA. 31 DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO. (2025).-

215° y 166°

Visto lo expuesto por los ciudadanos VICTOR MANUEL ILLESCAS ZAMBRANO y NADIA VERONICA ROSAS MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° V-19.026.568 y V-25.497.918, en su carácter del padres del menor ILLESCAS ROSAS
(cuyo nombre se omite por disposición del artículo 65 de la L.O.P.N.N.A.), en diligencia de fecha 28 de Julio de 2025. En consecuencia, visto el Convenimiento De Obligación De Manutención realizado en fecha 28 de Julio de 2025, por los ciudadanos antes mencionados; este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con el artículo 375 de la LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE, le imparte a la conciliación suscrita entre las partes, la HOMOLOGACIÓN correspondiente, por lo cual se tendrá con FUERZA EJECUTORIA. CÚMPLASE. Remítase copia certificada de la presente homologación a la citada Fiscalía. Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y constancia en el Libro Diario. Cúmplase. Se publico bajo el N°____

LA JUEZ PROVISORIA,


ABG. CRISTINA GRACIELA MUÑOZ CACERES.
LA SECRETARIA TEMPORAL.


ABG. ANAMILENA ROSALES.

En la misma fecha se certificó copia para el archivo del Tribunal

LA SECRETARIA TEMPORAL.


ABG. ANAMILENA ROSALES.



CM/Ar/yn.-