REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO NUEVO RÉGIMEN Y PROCESAL TRANSITORIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO : SP01-L-2025-000106
PARTE DEMANDANTE: LUIS ALBERTO GARZON V-10.173.496
APODERADOS JUDICIALES PARTE DEMANDANTE: LORENA YOLIMAR CHAPARRO I.P.S.A. 156.870
PARTE DEMANDADA: GARZON HIPERMERCADO C.A. RIF J-305269300
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, inscrito en el I.P.S.A. bajo l el Nro. 97.433
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales

En fecha de hoy 31 de julio de 2025, a las 9.00a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar, se hizo presente por la parte actora la apoderada judicial abogada LORENA YOLIMAR CHAPARRO I.P.S.A. 156.870 y por la parte demandada se hizo presente el apoderado judicial abogado EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, Inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.97.433 quien presentó los documentos originales para su vista y devolución, correspondientes al Registro Mercantil del Acta Constitutiva y Actas de Asamblea, idénticos a las copias que corren a los autos en 28 folios útiles que fueron consignados el pasado 23 de julio de 2025. Seguidamente las partes, a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo), pagaderos en este acto, en la cuenta corriente propiedad del demandante del Banco Mercantil Nro.0105 0671 9316 7107 1530. Por su lado la representación de la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abg. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Actora, La Parte Demandada,
La Secretaria,