REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
214º y 165º
ASUNTO: SP01-L-2024-000312
PARTE ACTORA: WILMER ALEXIS PARADA MARQUEZ y AGUEDA ANTONIA VELASCO DE BERNAL
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: HIRWIN NOEL BACA GUERRERO y JUDITH NIETO ALBORNOZ
PARTE DEMANDADA: TORTAS Y PASAPALOS PASTELVEN F.P., representado por el ciudadano JHONNY ALEXIS SALAS ALDANA
APODERADO PARTE DEMANDADA: KARLASILENY SOSA MORENO y LEIDY ANDREINA MEDINA MEJIA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS DERECHOS LABORALES.
En el día de hoy, martes veinticinco (25) de febrero de 2024, siendo las 10:30 de la mañana, oportunidad fijada para la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que comparecieron los ciudadanos WILMER ALEXIS PARADA MARQUEZ , venezolano mayor de edad identificado con la cédula de identidad N° V- 13.302.303, y AGUEDA ANTONIA VELASCO DE BERNAL, venezolana mayor de edad identificada con la cédula de identidad N° V- 12.633.594, y sus apoderados judiciales los abogados en ejercicio HIRWIN NOEL BACA GUERRERO y JUDITH NIETO ALBORNOZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 272.865 y 48.375, en su orden, por una parte y por la otra la Ciudadana SORANYELIS NAYESKA SALAS PEÑA, identificada con la cédula N.º V.-21.218.242, en condiciòn de apoderada del ciudadano JHONNY ALEXIS SALAS ALDANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.541.490, propietario de la firma personal TORTAS y PASAPALOS PASTELVEN F.P., asistida de las abogada KARLASILENY SOSA MORENO y LEIDY ANDREINA MEDINA MEJIA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 97.375 y 112.037, respectivamente. Una vez iniciada la misma y discutidos todos y cada uno de los puntos tanto de hecho como de derecho y con el único propósito de poner fin a la presente proceso, las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la ley orgánica procesal del trabajo: a saber a los codemandantes se le paga:
PRIMERO: la cantidad de dinero que queda a deber la demandada a los codemandantes
1.- CODEMANDANTE AGUEDA ANTONIA VELASCO DE BERNAL, la cantidad de SEISCIENTOS TREINTA DOLARES AMERICANOS, son (USD 640,00), los cuales serán pagados en dos cuotas, el primer pago, se realizará el día 21 de marzo de 2025, por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE DOLARES AMERICANOS, son (USD 320,00), y el segundo pago, se realizará el día 14 de abril de 2025, por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE DOLARES AMERICANOS, son (USD 320,00).
2.- WILMER ALEXIS PARADA MARQUEZ, la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS DOLARES AMERICANOS, son (USD 1.662,00), los cuales serán pagados en tres cuotas, el primer pago, se realizará el día 21 de marzo de 2025, por la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO DOLARES AMERICANOS, son (USD 554,00), y el segundo pago, se realizará el día 14 de abril de 2025, por la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO DOLARES AMERICANOS, son (USD 554,00), y el tercer pago, se realizará el día 05 de mayo de 2025, por la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO DOLARES AMERICANOS, son (USD 554,00).
SEGUNDO: En el presente arreglo las partes manifiestan que quedan en todo conforme y declaran que nada queda a deberse por concepto de la relación laboral. este tribunal en vista que la mediación ha sido positiva y de conformidad con lo previsto en el 133 de la ley orgánica procesal del trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derecho alguno irrenunciable del trabajador, ni norma de orden público HOMOLOGA el acuerdo entre las partes, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. Se ordena hacer entrega de las pruebas que de las partes aportaron, se declara terminado el proceso y no se ordena el archivo del expediente hasta que conste cada uno de sus pagos.
La Juez Titular,
Abg. Luz Haydee Gómez González El Secretario,
Abg. Richard Castillo
Parte Actora
Apoderados judiciales de los Actores
Demandada
Abogados de la Demandada
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