REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
214º y 165º
ASUNTO: SP01-L-2024-000273
PARTE ACTORA: LISANDRA KARINA ESCALANTE MARQUEZ V-15.640.792
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: El Defensor Público abogado FRANK MISHELL CUENCA MONTAÑEZ I.P.S.A. 98.077
PARTE DEMANDADA: GLENDA SOLVEY CASANOVA SILVA V-17.677.403
ABOGADO ASISTENTE PARTE DEMANDADA: JUAN AGUSTIN RAMIREZ I.P.S.A. 71.471
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
En el día de hoy, 13 de ENERO de 2025, a las 9:00 a.m. oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar, se hicieron presentes en la sede del Tribunal, la parte actora LISANDRA KARINA ESCALANTE MARQUEZ V-15.640.792 asistida por el Defensor Público abogado FRANK MISHELL CUENCA MONTAÑEZ I.P.S.A. 98.077 y por la parte demandada se hizo presente GLENDA SOLVEY CASANOVA SILVA V-17.677.403, asistida por el abogado JUAN AGUSTIN RAMIREZ I.P.S.A. 71.471, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de ONCE MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS (11.000.000,oo) c.o.p. ( equivalente en Bs. 148.142,50), como única diferencia a pagar por los conceptos demandados, pagaderos de la siguiente manera: 1.) 2.000.000,oo c.o.p. e día 31-01-2025, 2.) 1.500.000,oo c.o.p. el día 28-02-2025, 3.) 1.500.000,oo el día 28-03-2025, 4.) 1.500.000,oo c.o.p. el día 30-04-2025. 5.) 1.500.000,oo c.o.p. el día 30-05-2025, 6.) 1.500.000,oo c.o.p. el día 30-06-2025 7.) 1.500.000, c.o.p.. el día 31-07-2025. Todos los pagos en la sede del Tribunal a las 10:00 de la mañana. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que una vez recibida la totalidad del monto ofrecido no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, se leyó y firman.
La Juez,
Abog. Ana Mercedes Mora
La Parte Actora La Parte Demandada,
La Secretaria,
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