REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCEN
JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, tres (03) de diciembre de dos mil veinticinco (2025)
215° y 166°
Visto el escrito presentado en fecha dos (02) de diciembre de 2025, por el ciudadano CARLOS ALBERTO COLMENARES CASTELLANOS, tercero opositor, titular de la cédula de identidad N° V-16.123.991, asistido por el abogado Sebastián Guerrero Cotes, inscrito ante el IPSA bajo el N° 90.925, y por el apoderado judicial de las sociedades mercantiles ATIKO BIENES RAÍCES, C.A. y EMBOTELLADORA OCCIDENTAL, C.A., parte demandante, abogado Carlos Alberto Cuenca Figueredo, inscrito ante el IPSA bajo el N° 91.183, en el que el ciudadano Carlos Alberto Colmenares Castellanos desistió de la apelación interpuesta mediante diligencia suscrita por su apoderado judicial el 03/07/2025 (f. 134), contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 27/06/2025 (fs. 119-130), este Juzgador observa que al haber desistido el tercero opositor apelante, efectivamente esta Alzada pierde la competencia para conocer del recurso ejercido, en consecuencia, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por el tercero opositor, respecto a la apelación interpuesta el día tres (03) de julio de 2025 contra la decisión proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el veintisiete (27) de junio de 2025, en el expediente inventariado en ese Tribunal con el N° 9696, en razón de ello, se condena en costas al recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y devuélvase el expediente al Tribunal de la causa. Líbrese oficio.
El Juez Titular,
Miguel José Belmonte Lozada
El Secretario,
Franklin Avelino Simoes Alviárez
En la misma fecha se dictó la anterior decisión, siendo las 02:15 de la tarde, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal. Se remitió con oficio ______ el expediente constante de I pieza con cincuenta sesenta y cinco (165) folios útiles, al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Exp. N° 25-5292 MJBL/mmg