REPÚBLICA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. TÁRIBA, 12 DE AGOSTO DE 2025
215° Y 166°
Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por JIMENEZ MOGOLLON DEDINSON EMILIO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-15.774..702, asistido del abogado PATRICIA MARIA SANTANA, con Inpreabogado No. 298.083, y vistos los documentos presentados, y las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal en fecha 04-08-2025, ciudadanos ZORAIDA FORERO CARRILLO, ANDREA JOSE PARRA CASIQUE, venezolanos en su orden, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.764.647 y V-23.095.346 respectivamente; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN O DERECHOS SOBRE LAS MEJORAS CONSTRUIDAS SOBRE UN TERRENO según Carta Catastral No. 20-05-11-89-10 de fecha 08-03-2016 está ubicado en la Urbanización Marveyal , San Rafael, P-135, cuyos límites son: NORTE: vivienda No. 136 mide 15.07 metros, SUR: vivienda No. 134 mide 15.06 metros ESTE: vereda tres, mide ocho metros de ancho, mide 8.02 metros y OESTE: vivienda No. 155, mide o8 metros dicho inmueble lo contruyo con dinero de su propio peculio y a sus solas expensas- Dichas mejoras han sido fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano JIMENEZ MOGOLLON DEDINSON EMILIO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-15.774..702 Devuélvanse originales de estas actuaciones al solicitante y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. CRISTINA GRACIELA MUÑOZ CACERES
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ANAMILENA ROSALES ZAMBRANO.
En la misma fecha se dicta y publica la anterior decisión bajo el N°_______, se deja copia certificada para el Archivo del Tribunal y constancia en el Libro diario.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ANAMILENA ROSALES ZAMBRANO.
Sol. 10.026-2025
CM/Ar
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