REPÚBLICA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE.




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. TÁRIBA, 12 DE AGOSTO 2025
215° Y 166°

Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por BECERRO BRAVO SAMUEL, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-23.176.920, asistido del abogado PATRICIA MARIA SANTANA, con Inpreabogado No. 298.083, y vistos los documentos presentados, y las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal en fecha 04-08-2025, ciudadanos SULVEY MORALES PLATA, DORAIMA DEL CARMEN ZAMBRANO ARELLANO, y NELSON PINTO HERNANDEZ, venezolanos en su orden, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.891.719, V-10.156.419 y V-14.348.530 respectivamente; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN O DERECHOS SOBRE LAS MEJORAS CONSTRUIDAS SOBRE UN TERRENO según Carta Catastral N° 056-25, de fecha 14-07-2025 está ubicado en la Aldea de Monte Carmelo, Cordero, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira cuyos límites son: NORTE: en parte con Hermanas Sayago y en parte con camino público en línea quebrada y lo divide la carretera monte Carmelo, mide 61 metros, SUR: con tierras de Eduvina Delgado, mide 75 metros ESTE: con tierras de Hipólito Pérez Sayago y en parte con Hilda Ramírez de Delgado , en línea quebrada lo divide la carretera monte Carmelo, mide 98.10 metros OESTE: con tierras de las hermanas Sayago en parte parte y en parte con Isidra Delgado de Zambrano, mide 51.20 metros dicho inmueble lo contruyo con dinero de su propio peculio y a sus solas expensas- Dichas mejoras han sido fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano BECERRO BRAVO SAMUEL, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-23.176.920 Devuélvanse originales de estas actuaciones al solicitante y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

LA JUEZ PROVISORIA,


ABG. CRISTINA GRACIELA MUÑOZ CACERES

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. ANAMILENA ROSALES ZAMBRANO.

En la misma fecha se dicta y publica la anterior decisión bajo el N°_______, se deja copia certificada para el Archivo del Tribunal y constancia en el Libro diario.-


LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. ANAMILENA ROSALES ZAMBRANO.


Sol. 10.022-2025
CM/Ar