REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, once (11) de agosto de dos mil veinticinco
215º y 166º

ASUNTO: SP01-S-2022-000009
PARTE OFERENTE: ISABEL MONTAGNA VALBUENA, titular de la cédula de identidad N° V.-7.136.099, PARTE OFERERIDA: DIEGO FRANCISCO MORENO RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.871.319.
MOTIVO: Oferta Real de pago de derechos laborales derivados de la relación de trabajo

Por cuanto se evidencia que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar la presente causa se realizó en fecha 21 de Junio de 2022 y así mismo se observa que el monto consignado en la cuenta de ahorro aperturada al trabajador en la entidad Financiera Bicentenario, Banco Universal, por un monto de 0,02 Bolivares, según bauche que consta en autos, y por cuanto la Oficina de contro de consignación informo que según el Banco Bicentenario, arrojó como monto cero bolívares (Bs. 0,00).

Este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...


Ahora bien, se desprende que en el presente juicio, desde el día 27 de junio de 2022, hasta la presente fecha ha transcurrido 03 años, 01 meses y 11 días, y la parte oferente no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados. En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio de OFERTA REAL DE PAGO, interpuesta por la ciudadana ARIADNA ISABEL MONTAGNA VALBUENA, titular de la cédula de identidad N° V.-7.136.099, a favor del ciudadano DIEGO FRANCISCO MORENO RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.871.319.

Líbrese oficio a la oficina de Control de Consignaciones de La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines de que tramite el cierre de la cuenta aperturada al oferido.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los once (11) días del mes de agosto del año 2025.
La Juez,

Abg. Luz Haydee Gómez La Secretaria


Abg. Linda Flor Vargas