JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SAN CRISTÓBAL, 14 de agosto de 2025.-

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Visto el recurso de casación anunciado mediante diligencia presentada en fecha 7 de agosto de 2025, por los abogados ALBA ROSARIO RAMÍREZ ROBLES y RAMÓN FERNANDEZ VEGA, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.338.925 y V-10.168.403 inscritos en el Inpreabogado bajo los números 103.124 y 63.369, en su orden, apoderados judiciales de la parte demandante ciudadano HUMBERTO JOSE ISEA COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° V-3.072.131, contra la decisión dictada por este juzgado superior el día 4 de abril de 2025, se admite a trámite el mismo por cuanto la cuantía de la presente demanda cumple para ejercer recurso de casación, conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Igualmente, verifica esta juzgadora que se cumple con los demás requisitos de recurribilidad del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, esto es: se trata de una sentencia definitiva, los recurrentes tiene interés procesal porque le fue adverso lo decidido y finalmente por cuanto el recurso de casación fue anunciado oportunamente, el día 7 de agosto de 2025. Se deja expresa constancia que el día 13 de agosto de 2025, vencieron los diez (10) días hábiles que la ley concede para anunciar recurso de casación, y hoy 14 de agosto de 2025, se dictó pronunciamiento sobre el recurso propuesto. En consecuencia, practíquese por secretaría el cómputo de los lapsos procesales transcurridos en este tribunal y remítase a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en original el presente expediente y copia fotostática certificada de las tablillas demostrativas de los días de despacho correspondientes a los meses de: noviembre y diciembre del año 2024 y enero a agosto de año 2025. Practíquese lo ordenado. Se insta a la parte recurrente aportar los fotostatos y una vez consten los mismos, remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró oficio N° 0530-157.

La Juez,

Abg. María Luisa Pino García.
La Secretaria,

Abg. Mirley Rosario Colmenares de Mora




Exp. 8253-24
MLPG/GYVM